El alcalde de Puqueldon, Rodrigo Ojeda, concejo municipal y Unión Comunal de Juntas de Vecinos interpusieron ante la ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt un recurso de protección contra Naviera Puelche y Seremi de Transportes de la Región de Los Lagos.
La acción judicial busca sancionar a la Naviera Puelche y Seremi de Transporte por los graves problemas (mecánicos) en el servicio de transporte marítimo que entrega dicha empresa naviera en el Canal Yal, lo cual ha obligado a suspender significativamente los servicios de conectividad sin que hasta la fecha hayan podido ser reanudados correctamente. El recurso de protección se interpone en favor de los habitantes de la Isla Lemuy, enfermos, turistas y usuarios en general del tramo Chulchuy-Huicha, solicitando que la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, lo acoja favorablemente.
En el recurso de protección, se relatan los hechos que el día 17 de febrero recién pasado, tuvieron como punto crítico, el hecho de dejar a la Isla Lemuy completamente aislada del resto de la isla grande “desde las 7:00 hasta las 10:00 am, Isla Lemuy estuvo sin conectividad en el canal producto de que la nave transbordadora “Lemuy Dos”, sufrió un desperfecto mecánico que obligó a suspender sus servicios y la nave transbordadora “Olivia”, suspendió sus servicios debido a falta de combustible. Recién a las 10:00 am la empresa pudo entrar en operación con la nave transbordadora “Olivia”, operando el Canal Yal con una sola barcaza, en circunstancias que, por contrato, deberían estar funcionando las tres barcazas”, relata el documento judicial.
Por dicha razón, lo que motiva la presentación del recurso, se funda en que “servicio prestado por la Empresa es deficiente e incumple con las especificaciones dadas en el mismo contrato, ya que, tal como se señaló anteriormente, las bases de licitación obligan a la Empresa recurrida a la reposición del servicio a más tardar dentro de las 9 horas de ocurrido el entorpecimiento de su continuidad, lo que no se ha cumplido. Aún más grave nos parece la situación ocurrida el día 17 de febrero, en que durante la mañana el servicio de transporte de pasajeros se haya visto quebrantado y violentado al permanecer Isla Lemuy, durante la mañana sin conectividad, situación que nos parece gravísima, principalmente por las consecuencias que ello podría haber acarreado al haberse presentado alguna urgencia, ya sea por un accidente de tránsito o porque algún vecino o vecina hubiese necesitado de manera inmediata atención médica, es por ello, que el presente recurso de protección concebido como un recurso de última ratio, es el remedio natural teniendo en consideración que hemos recibido respuestas tardías tanto en la Empresa Puelche SA., como de la autoridad sectorial, SEREMI de Transportes, quien no ha tomado medidas correctivas frente a los hechos que se han venido desarrollando y que son materias propias de su fiscalización”.
Los denunciantes, además cuestionan el papel de la SEREMI de Transportes como agente del Estado que debe garantizar el derecho a tránsito en favor de la población, “se observa la total inactividad de la SEREMI frente a un hecho concreto, lo que nos parece que es un atropello de garantías constitucionales que garantiza el recurso de protección”, sostienen.
Agregando que “Es evidente que el tránsito regular y expedito desde cualquier punto del país a otro usando las carreteras y vías de comunicación y transporte es un derecho constitucional que entendemos por lo menos amparado por el artículo 19 n° 24 de la Constitución Política de la República, esto es el derecho de propiedad en su más amplia acepción jurídica que comprende en la especie el libre y expedito tránsito a través de las carreteras y servicios de transporte público. Estamos frente a un mal, a una consecuencia nefasta de la operación de un sistema de transporte tanto por parte de la autoridad ministerial sectorial como de parte del privado o empresa encargada por el Estado para operar el servicio de transbordadores, a esto es que hay ponerle fin”.
Por lo anteriormente expuesto, se solicita a la Corte de Apelaciones adoptar medidas para que estos hechos no sigan sucediendo a través de “instruir a la SEREMI de Transportes a fin de que adopte las medidas para corregir las deficiencias del servicio, que se debe ordenar adoptar al mismo tiempo medidas urgentes para subsanar las deficiencias actuales en el otorgamiento del servicio. Luego, respecto de la empresa, es menester reiterar que se debe ajustar a los estrictos mecanismos contractuales y que debe tener a disposición las naves de repuesto necesario para asegurar la continuidad del servicio”.