Mediante importante sentencia dictada el día de hoy la Corte Suprema, revocando la sentencia dictada por la C. de Puerto Montt, acogió dos recursos de protección interpuestos en contra de la Municipalidad de Ancud, Seremi de Salud de Los Lagos, Gobiernos Regional de Los Lagos y la empresa Crecer, a favor de las comunidades de Puntra y Chepu.
En la Sentencia, la Corte Suprema reconoce el inadecuado actuar de la Municipalidad de Ancud al autorizar, construir y operar un vertedero eludiendo la obligación de someterlo a evaluación de impacto ambiental, derivando de tal modo en una negligente y dañina operación del sitio que representa un riesgo sanitario y un inminente daño ambiental.
El 29 de julio de 2020 la Corte Suprema dio a conocer los fallos en donde acoge los recursos de protección interpuestos en contra de la Municipalidad de Ancud, Seremi de Salud de Los Lagos y otras instituciones, por la operación ilegal de un vertedero que ha operado desde enero de este año sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental en la localidad de Puntra El Roble en Ancud. De esta manera, la Corte Suprema revocó el fallo anterior de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que había rechazado el recurso de protección, estableciéndose por la Corte Suprema -en cambioque efectivamente hubo una vulneración de las garantías constitucionales de los afectados, y que, en virtud de ello, la Administración del Estado debe llevar adelante las medidas necesarias para restablecer el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de las comunidades cercanas al vertedero.
Este fallo, que fue resuelto rápidamente por el máximo Tribunal del país, da por acreditado lo denunciado por las organizaciones comunitarias demandantes, en el sentido que la Municipalidad de Ancud no ha cumplido con las condiciones establecidas por la autoridad sanitaria en la autorización inicial del vertedero “con el consiguiente riesgo, tanto para el medio ambiente como para la salud de las personas que habitan o realizan actividades cercanas al emplazamiento…”
Pese a ello, ha sido la misma Seremi de Salud de Los Lagos la que ha continuado otorgando autorizaciones transitorias pese al constante incumplimiento de instrucciones y plazos por parte del municipio.
La Corte Suprema hizo una descripción de las fiscalizaciones realizadas por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), alertada por los vecinos, que le permitieron requerir a la Municipalidad de Ancud el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto de vertedero ilegal, así como certificar la deficiente operación y las falencias del sitio de disposición en Puntra, y ordenar perentorias medidas provisionales ante la urgencia y gravedad del riesgo que el mal manejo del vertedero representa.
Al acoger el recurso de protección la Corte Suprema instruye a la SMA para que resuelva los procedimientos administrativos pendientes en un plazo de 30 días a contar de esta fecha, y a coordinarse de manera eficaz y oportuna con las autoridades de la Región de Los Lagos, para adoptar como parte de sus funciones legales, las medidas que conduzcan a la resolución efectiva y global de este conflicto.
Esta sentencia se dicta a no más de siete días de que concluya la vida útil de este vertedero ilegal, supuestamente transitorio, constituyendo un importante paso en la defensa de Puntra y de toda la cuenca del Chepu, ya que permite acercarse más a la protección efectiva del medioambiente y de los medios de vida locales.
Frente a esto creemos que es importante reiterar nuestro parecer respecto a que los residuos de Ancud no pueden ser depositados en Puntra por ser un lugar frágil ambientalmente y con peligrosos accesos por no contar con caminos aptos para camiones. Esta operación en Puntra afecta la vida y la salud de quienes vivimos en Puntra. Existen otras alternativas, algunas de las cuales ya han sido evaluadas por la Municipalidad y que representan una posibilidad cierta de una adecuada gestión de los residuos de la comuna.
En tal sentido, la sentencia dictada por el máximo tribunal del país representa un fuerte respaldo al argumento planteado por las personas y organizaciones del movimiento, en cuanto a que la actuación de la Municipalidad de Ancud frente al problema de los residuos sólidos domiciliarios de la comuna, junto con ser ilegal y amenazar gravemente al medioambiente, no puede en ningún caso ser seguida como una alternativa aceptable de gestión de la crisis, y mucho menos como un “buen ejemplo”, para todos los gobiernos locales que enfrentan o enfrentarán en el futuro cercano crisis similares.
Movimiento de Defensa de Puntra y Chepu, Ancud
29 de julio de 2020